
SEGUNDA PARTE
LA CELEBRACIÓN DEL MISTERIO CRISTIANO
SEGUNDA SECCIÓN:
LOS SIETE SACRAMENTOS DE LA IGLESIA
CAPÍTULO TERCERO
LOS SACRAMENTOS AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD
ARTÍCULO
7
EL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
1601 "La alianza matrimonial, por la que el varón
y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda
la vida, ordenado por su misma índole natural al bien
de los cónyuges y a la generación y educación
de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor
a la dignidad de sacramento entre bautizados" (CIC,
can. 1055,1)
I El matrimonio en el plan de Dios
1602 La Sagrada Escritura se abre con el relato de la creación
del hombre y de la mujer a imagen y semejanza de Dios (Gn
1,26- 27) y se cierra con la visión de las "bodas
del Cordero" (Ap 19,7.9). De un extremo a otro la Escritura
habla del matrimonio y de su "misterio", de su
institución y del sentido que Dios le dio, de su origen
y de su fin, de sus realizaciones diversas a lo largo de
la historia de la salvación, de sus dificultades nacidas
del pecado y de su renovación "en el Señor" (1
Co 7,39) todo ello en la perspectiva de la Nueva Alianza
de Cristo y de la Iglesia (cf Ef 5,31-32).
El
matrimonio en el orden de la creación
1603 "La íntima comunidad de vida y amor conyugal,
fundada por el Creador y provista de leyes propias, se establece
sobre la alianza del matrimonio... un vínculo sagrado...
no depende del arbitrio humano. El mismo Dios es el autor
del matrimonio" (GS 48,1). La vocación al matrimonio
se inscribe en la naturaleza misma del hombre y de la mujer,
según salieron de la mano del Creador. El matrimonio
no es una institución puramente humana a pesar de
las numerosas variaciones que ha podido sufrir a lo largo
de los siglos en las diferentes culturas, estructuras sociales
y actitudes espirituales. Estas diversidades no deben hacer
olvidar sus rasgos comunes y permanente. A pesar de que la
dignidad de esta institución no se trasluzca siempre
con la misma claridad (cf GS 47,2), existe en todas las culturas
un cierto sentido de la grandeza de la unión matrimonial. "La
salvación de la persona y de la sociedad humana y
cristiana está estrechamente ligada a la prosperidad
de la comunidad conyugal y familiar" (GS 47,1).
1604 Dios que ha creado al hombre por
amor lo ha llamado también al amor, vocación fundamental e innata
de todo ser humano. Porque el hombre fue creado a imagen
y semejanza de Dios (Gn 1,2), que es Amor (cf 1 Jn 4,8.16).
Habiéndolos creado Dios hombre y mujer, el amor mutuo
entre ellos se convierte en imagen del amor absoluto e indefectible
con que Dios ama al hombre. Este amor es bueno, muy bueno,
a los ojos del Creador (cf Gn 1,31). Y este amor que Dios
bendice es destinado a ser fecundo y a realizarse en la obra
común del cuidado de la creación. "Y los
bendijo Dios y les dijo: "Sed fecundos y multiplicaos,
y llenad la tierra y sometedla'" (Gn 1,28).
1605 La Sagrada escritura afirma que
el hombre y la mujer fueron creados el uno para el otro: "No es bueno que
el hombre esté solo". La mujer, "carne de
su carne", su igual, la criatura más semejante
al hombre mismo, le es dada por Dios como una "auxilio",
representando así a Dios que es nuestro "auxilio" (cf
Sal 121,2). "Por eso deja el hombre a su padre y a su
madre y se une a su mujer, y se hacen una sola carne" (cf
Gn 2,18-25). Que esto significa una unión indefectible
de sus dos vidas, el Señor mismo lo muestra recordando
cuál fue "en el principio", el plan del
Creador: "De manera que ya no son dos sino una sola
carne" (Mt 19,6).
El matrimonio bajo la esclavitud del pecado
1606 Todo hombre, tanto en su entorno como en su propio corazón,
vive la experiencia del mal. Esta experiencia se hace sentir
también en las relaciones entre el hombre y la mujer.
En todo tiempo, la unión del hombre y la mujer vive
amenazada por la discordia, el espíritu de dominio,
la infidelidad, los celos y conflictos que pueden conducir
hasta el odio y la ruptura. Este desorden puede manifestarse
de manera más o menos aguda, y puede ser más
o menos superado, según las culturas, las épocas,
los individuos, pero siempre aparece como algo de carácter
universal.
1607 Según la fe, este desorden que constatamos dolorosamente,
no se origina en la naturaleza del hombre y de la mujer,
ni en la naturaleza de sus relaciones, sino en el pecado.
El primer pecado, ruptura con Dios, tiene como consecuencia
primera la ruptura de la comunión original entre el
hombre y la mujer. Sus relaciones quedan distorsionadas por
agravios recíprocos (cf Gn 3,12); su atractivo mutuo,
don propio del creador (cf Gn 2,22), se cambia en relaciones
de dominio y de concupiscencia (cf Gn 3,16b); la hermosa
vocación del hombre y de la mujer de ser fecundos,
de multiplicarse y someter la tierra (cf Gn 1,28) queda sometida
a los dolores del parto y los esfuerzos de ganar el pan (cf
Gn 3,16-19).
1608 Sin embargo, el orden de la Creación subsiste
aunque gravemente perturbado. Para sanar las heridas del
pecado, el hombre y la mujer necesitan la ayuda de la gracia
que Dios, en su misericordia infinita, jamás les ha
negado (cf Gn 3,21). Sin esta ayuda, el hombre y la mujer
no pueden llegar a realizar la unión de sus vidas
en orden a la cual Dios los creó "al comienzo".
El
matrimonio bajo la pedagogía
de la antigua Ley
1609 En su misericordia, Dios no abandonó al hombre
pecador. Las penas que son consecuencia del pecado, "los
dolores del parto" (Gn 3,16), el trabajo "con el
sudor de tu frente" (Gn 3,19), constituyen también
remedios que limitan los daños del pecado. Tras la
caída, el matrimonio ayuda a vencer el repliegue sobre
s í mismo, el egoísmo, la búsqueda del
propio placer, y a abrirse al otro, a la ayuda mutua, al
don de sí.
1610 La conciencia moral relativa a
la unidad e indisolubilidad del matrimonio se desarrolló bajo la pedagogía
de la Ley antigua. La poligamia de los patriarcas y de los
reyes no es todavía prohibida de una manera explícita.
No obstante, la Ley dada por Moisés se orienta a proteger
a la mujer contra un dominio arbitrario del hombre, aunque
ella lleve también, según la palabra del Señor,
las huellas de "la dureza del corazón" de
la persona humana, razón por la cual Moisés
permitió el repudio de la mujer (cf Mt 19,8; Dt 24,1).
1611 Contemplando la Alianza de Dios
con Israel bajo la imagen de un amor conyugal exclusivo
y fiel (cf Os 1-3; Is
54.62; Jr 2-3. 31; Ez 16,62;23), los profetas fueron preparando
la conciencia del Pueblo elegido para una comprensión
más profunda de la unidad y de la indisolubilidad
del matrimonio (cf Mal 2,13-17). Los libros de Rut y de Tobías
dan testimonios conmovedores del sentido hondo del matrimonio,
de la fidelidad y de la ternura de los esposos. La Tradición
ha visto siempre en el Cantar de los Cantares una expresión única
del amor humano, en cuanto que éste es reflejo del
amor de Dios, amor "fuerte como la muerte" que "las
grandes aguas no pueden anegar" (Ct 8,6-7).
El
matrimonio en el Señor
1612 La alianza nupcial entre Dios
y su pueblo Israel había
preparado la nueva y eterna alianza mediante la que el Hijo
de Dios, encarnándose y dando su vida, se unió en
cierta manera con toda la humanidad salvada por él
(cf. GS 22), preparando así "las bodas del cordero" (Ap
19,7.9).
1613 En el umbral de su vida pública, Jesús
realiza su primer signo -a petición de su Madre- con
ocasión de un banquete de boda (cf Jn 2,1-11). La
Iglesia concede una gran importancia a la presencia de Jesús
en las bodas de Caná. Ve en ella la confirmación
de la bondad del matrimonio y el anuncio de que en adelante
el matrimonio será un signo eficaz de la presencia
de Cristo.
1614 En su predicación, Jesús enseñó sin
ambigüedad el sentido original de la unión del
hombre y la mujer, tal como el Creador la quiso al comienzo:
la autorización, dada por Moisés, de repudiar
a su mujer era una concesión a la dureza del corazón
(cf Mt 19,8); la unión matrimonial del hombre y la
mujer es indisoluble: Dios mismo la estableció: "lo
que Dios unió, que no lo separe el hombre" (Mt
19,6).
1615 Esta insistencia, inequívoca, en la indisolubilidad
del vínculo matrimonial pudo causar perplejidad y
aparecer como una exigencia irrealizable (cf Mt 19,10). Sin
embargo, Jesús no impuso a los esposos una carga imposible
de llevar y demasiado pesada (cf Mt 11,29-30), más
pesada que la Ley de Moisés. Viniendo para restablecer
el orden inicial de la creación perturbado por el
pecado, da la fuerza y la gracia para vivir el matrimonio
en la dimensión nueva del Reino de Dios. Siguiendo
a Cristo, renunciando a s í mismos, tomando sobre
s í sus cruces (cf Mt 8,34), los esposos podrán "comprender" (cf
Mt 19,11) el sentido original del matrimonio y vivirlo con
la ayuda de Cristo. Esta gracia del Matrimonio cristiano
es un fruto de la Cruz de Cristo, fuente de toda la vida
cristiana.
1616 Es lo que el apóstol Pablo da a entender diciendo: "Maridos,
amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia
y se entregó a sí mismo por ella, para santificarla" (Ef
5,25-26), y añadiendo enseguida: "`Por es o dejará el
hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer,
y los dos se harán una sola carne'. Gran misterio
es éste, lo digo respecto a Cristo y a la Iglesia" (Ef
5,31-32).
1617 Toda la vida cristiana está marcada por el amor
esponsal de Cristo y de la Iglesia. Ya el Bautismo, entrada
en el Pueblo de Dios, es un misterio nupcial. Es, por así decirlo,
como el baño de bodas (cf Ef 5,26-27) que precede
al banquete de bodas, la Eucaristía. El Matrimonio
cristiano viene a ser por su parte signo eficaz, sacramento
de la alianza de Cristo y de la Iglesia. Puesto que es signo
y comunicación de la gracia, el matrimonio entre bautizados
es un verdadero sacramento de la Nueva Alianza (cf DS 1800;
CIC, can. 1055,2).
La virginidad por el Reino de Dios
1618 Cristo es el centro de toda vida cristiana. El vínculo
con El ocupa el primer lugar entre todos los demás
vínculos, familiares o sociales (cf Lc 14,26; Mc 10,28-31).
Desde los comienzos de la Iglesia ha habido hombres y mujeres
que han renunciado al gran bien del matrimonio para seguir
al Cordero dondequiera que vaya (cf Ap 14,4), para ocuparse
de las cosas del Señor, para tratar de agradarle (cf
1 Co 7,32), para ir al encuentro del Esposo que viene (cf
Mt 25,6). Cristo mismo invitó a algunos a seguirle
en este modo de vida del que El es el modelo:
Hay eunucos que nacieron así del seno materno, y
hay eunucos hechos por los hombres, y hay eunucos que se
hicieron tales a sí mismos por el Reino de los Cielos.
Quien pueda entender, que entienda (Mt 19,12).
1619 La virginidad por el Reino de
los Cielos es un desarrollo de la gracia bautismal, un
signo poderoso de la preeminencia
del vínculo con Cristo, de la ardiente espera de su
retorno, un signo que recuerda también que el matrimonio
es una realidad que manifiesta el carácter pasajero
de este mundo (cf 1 Co 7,31; Mc 12,25).
1620 Estas dos realidades, el sacramento
del Matrimonio y la virginidad por el Reino de Dios, vienen
del Señor
mismo. Es él quien les da sentido y les concede la
gracia indispensable para vivirlos conforme a su voluntad
(cf Mt 19,3-12). La estima de la virginidad por el Reino
(cf LG 42; PC 12; OT 10) y el sentido cristiano del Matrimonio
son inseparables y se apoyan mutuamente:
Denigrar el matrimonio es reducir a
la vez la gloria de la virginidad; elogiarlo es realzar
a la vez la admiración
que corresponde a la virginidad... (S. Juan Crisóstomo,
virg. 10,1; cf FC, 16).
II
La celebración del Matrimonio
1621 En el rito latino, la celebración del matrimonio
entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente
dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que
tienen todos los sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo
(cf SC 61). En la Eucaristía se realiza el memorial
de la Nueva Alianza, en la que Cristo se unió para
siempre a la Iglesia, su esposa amada por la que se entregó (cf
LG 6). Es, pues, conveniente que los esposos sellen su consentimiento
en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus propias
vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia,
hecha presente en el sacrificio eucarístico, y recibiendo
la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo
y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en
Cristo (cf 1 Co 10,17).
1622 "En cuanto gesto sacramental de santificación,
la celebración del matrimonio...debe ser por sí misma
válida, digna y fructuosa" (FC 67). Por tanto,
conviene que los futuros esposos se dispongan a la celebración
de su matrimonio recibiendo el sacramento de la penitencia.
1623 Según la tradición latina, los esposos,
como ministros de la gracia de Cristo, manifestando su consentimiento
ante la Iglesia, se confieren mutuamente el sacramento del
matrimonio. En las tradiciones de las Iglesias orientales,
los sacerdotes –Obispos o presbíteros– son
testigos del recíproco consentimiento expresado por
los esposos (cf. CCEO, can. 817), pero también su
bendición es necesaria para la validez del sacramento
(cf CCEO, can. 828).
1624 Las diversas liturgias son ricas
en oraciones de bendición
y de epíclesis pidiendo a Dios su gracia y la bendición
sobre la nueva pareja, especialmente sobre la esposa. En
la epíclesis de este sacramento los esposos reciben
el Espíritu Santo como Comunión de amor de
Cristo y de la Iglesia (cf. Ef 5,32). El Espíritu
Santo es el sello de la alianza de los esposos, la fuente
siempre generosa de su amor, la fuerza con que se renovará su
fidelidad.
III El consentimiento matrimonial
1625 Los protagonistas de la alianza matrimonial son un hombre
y una mujer bautizados, libres para contraer el matrimonio
y que expresan libremente su consentimiento. "Ser
libre" quiere decir:
— no obrar por coacción;
— no estar impedido por una ley natural o eclesiástica.
1626 La Iglesia considera el intercambio
de los consentimientos entre los esposos como el elemento
indispensable "que
hace el matrimonio" (CIC, can. 1057,1). Si el consentimiento
falta, no hay matrimonio.
1627 El consentimiento consiste en "un acto humano,
por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente" (GS
48,1; cf CIC, can. 1057,2): "Yo te recibo como esposa" - "Yo
te recibo como esposo" (OcM 45). Este consentimiento
que une a los esposos entre sí, encuentra su plenitud
en el hecho de que los dos "vienen a ser una sola carne" (cf
Gn 2,24; Mc 10,8; Ef 5,31).
1628 El consentimiento debe ser un
acto de la voluntad de cada uno de los contrayentes, libre
de violencia o de temor
grave externo (cf CIC, can. 1103). Ningún poder humano
puede reemplazar este consentimiento (CIC, can. 1057, 1).
Si esta libertad falta, el matrimonio es inválido.
1629 Por esta razón (o por otras razones que hacen
nulo e inválido el matrimonio; cf. CIC, can. 1095-1107),
la Iglesia, tras examinar la situación por el tribunal
eclesiástico competente, puede declarar "la nulidad
del matrimonio", es decir, que el matrimonio no ha existido.
En este caso, los contrayentes quedan libres para casarse,
aunque deben cumplir las obligaciones naturales nacidas de
una unión precedente precedente (cf CIC, can. 1071).
1630 El sacerdote ( o el diácono) que asiste a la
celebraci ón del matrimonio, recibe el consentimiento
de los esposos en nombre de la Iglesia y da la bendición
de la Iglesia. La presencia del ministro de la Iglesia (y
también de los testigos) expresa visiblemente que
el matrimonio es una realidad eclesial.
1631 Por esta razón, la Iglesia exige ordinariamente
para sus fieles la forma eclesiástica de la celebración
del matrimonio (cf Cc. de Trento: DS 1813-1816; CIC, can.
1108). Varias razones concurren para explicar esta determinación:
— El matrimonio sacramental es un acto litúrgico.
Por tanto, es conveniente que sea celebrado en la liturgia
pública de la Iglesia.
— El matrimonio introduce en
un ordo eclesial, crea derechos y deberes en la Iglesia
entre los esposos y para
con los hijos.
— Por ser el matrimonio un estado de vida en la Iglesia,
es preciso que exista certeza sobre él (de ahí la
obligación de tener testigos).
— El carácter público del consentimiento
protege el "Sí" una vez dado y ayuda a permanecer
fiel a él.
1632 Para que el "Sí" de los esposos sea
un acto libre y responsable, y para que la alianza matrimonial
tenga fundamentos humanos y cristianos sólidos y estables,
la preparación para el matrimonio es de primera importancia:
El ejemplo y la enseñanza dados por los padres y
por las familias son el camino privilegiado de esta preparación.
El papel de los pastores y de la comunidad
cristiana como "familia
de Dios" es indispensable para la transmisión
de los valores humanos y cristianos del matrimonio y de la
familia (cf. CIC, can. 1063), y esto con mayor razón
en nuestra época en la que muchos jóvenes conocen
la experiencia de hogares rotos que ya no aseguran suficientemente
esta iniciación:
Los jóvenes deben ser instruidos
adecuada y oportunamente sobre la dignidad, dignidad ,
tareas y ejercicio del amor
conyugal, sobre todo en el seno de la misma familia, para
que, educados en el cultivo de la castidad, puedan pasar,
a la edad conveniente, de un honesto noviazgo vivido al matrimonio
(GS 49,3).
Matrimonios mixtos y disparidad de culto
1633 En numerosos países, la situación del
matrimonio mixto (entre católico y bautizado no católico)
se presenta con bastante frecuencia. Exige una atención
particular de los cónyuges y de los pastores. El caso
de matrimonios con disparidad de culto (entre católico
y no bautizado) exige una aún mayor atención.
1634 La diferencia de confesión entre los cónyuges
no constituye un obstáculo insuperable para el matrimonio,
cuando llegan a poner en común lo que cada uno de
ellos ha recibido en su comunidad, y a aprender el uno del
otro el modo como cada uno vive su fidelidad a Cristo. Pero
las dificultades de los matrimonios mixtos no deben tampoco
ser subestimadas. Se deben al hecho de que la separación
de los cristianos no se ha superado todavía. Los esposos
corren el peligro de vivir en el seno de su hogar el drama
de la desunión de los cristianos. La disparidad de
culto puede agravar aún más estas dificultades.
Divergencias en la fe, en la concepción misma del
matrimonio, pero también mentalidades religiosas distintas
pueden constituir una fuente de tensiones en el matrimonio,
principalmente a propósito de la educación
de los hijos. Una tentación que puede presentarse
entonces es la indiferencia religiosa.
1635 Según el derecho vigente en la Iglesia latina,
un matrimonio mixto necesita, para su licitud, el permiso
expreso de la autoridad eclesiástica (cf CIC, can.
1124). En caso de disparidad de culto se requiere una dispensa
expresa del impedimento para la validez del matrimonio (cf
CIC, can. 1086). Este permiso o esta dispensa supone que
ambas partes conozcan y no excluyan los fines y las propiedades
esenciales del matrimonio; además, que la parte católica
confirme los compromisos –también haciéndolos
conocer a la parte no católica– de conservar
la propia fe y de asegurar el Bautismo y la educación
de los hijos en la Iglesia Católica (cf CIC, can.
1125).
1636 En muchas regiones, gracias al
diálogo ecuménico,
las comunidades cristianas interesadas han podido llevar
a cabo una pastoral común para los matrimonios mixtos.
Su objetivo es ayudar a estas parejas a vivir su situación
particular a la luz de la fe. Debe también ayudarles
a superar las tensiones entre las obligaciones de los cónyuges,
el uno con el otro, y con sus comunidades eclesiales. Debe
alentar el desarrollo de lo que les es común en la
fe, y el respeto de lo que los separa.
1637 En los matrimonios con disparidad
de culto, el esposo católico tiene una tarea particular: "Pues el
marido no creyente queda santificado por su mujer, y la mujer
no creyente queda santificada por el marido creyente" (
1 Co 7,14). Es un gran gozo para el cónyuge cristiano
y para la Iglesia el que esta "santificación" conduzca
a la conversión libre del otro cónyuge a la
fe cristiana (cf. 1 Co 7,16). El amor conyugal sincero, la
práctica humilde y paciente de las virtudes familiares,
y la oración perseverante pueden preparar al cónyuge
no creyente a recibir la gracia de la conversión.
IV Los efectos del sacramento del Matrimonio
1638 "Del matrimonio válido se origina entre
los cónyuges un vínculo perpetuo y exclusivo
por su misma naturaleza; además, en el matrimonio
cristiano los cónyuges son fortalecidos y quedan como
consagrados por un sacramento peculiar para los deberes y
la dignidad de su estado" (CIC, can. 1134).
El
vínculo matrimonial
1639 El consentimiento por el que los esposos se dan y se
reciben mutuamente es sellado por el mismo Dios (cf Mc
10,9). De su alianza "nace una institución
estable por ordenación divina, también ante
la sociedad" (GS 48,1). La alianza de los esposos
está integrada en la alianza de Dios con los hombres: "el
auténtico amor conyugal es asumido en el amor divino" (GS
48,2).
1640 Por tanto, el vínculo matrimonial es establecido
por Dios mismo, de modo que el matrimonio celebrado y consumado
entre bautizados no puede ser disuelto jamás. Este
vínculo que resulta del acto humano libre de los esposos
y de la consumación del matrimonio es una realidad
ya irrevocable y da origen a una alianza garantizada por
la fidelidad de Dios. La Iglesia no tiene poder para pronunciarse
contra esta disposición de la sabiduría divina
(cf CIC, can. 1141).
La gracia del sacramento del matrimonio
1641 "En su modo y estado de vida, (los cónyuges
cristianos) tienen su carisma propio en el Pueblo de Dios" (LG
11). Esta gracia propia del sacramento del matrimonio está destinada
a perfeccionar el amor de los cónyuges, a fortalecer
su unidad indisoluble. Por medio de esta gracia "se
ayudan mutuamente a santificarse con la vida matrimonial
conyugal y en la acogida y educación de los hijos" (LG
11; cf LG 41).
1642 Cristo es la fuente de esta gracia. "Pues de la
misma manera que Dios en otro tiempo salió al encuentro
de su pueblo por una alianza de amor y fidelidad, ahora el
Salvador de los hombres y Esposo de la Iglesia, mediante
el sacramento del matrimonio, sale al encuentro de los esposos
cristianos" (GS 48,2). Permanece con ellos, les da la
fuerza de segu irle tomando su cruz, de levantarse después
de sus caídas, de perdonarse mutuamente, de llevar
unos las cargas de los otros (cf Ga 6,2), de estar "sometidos
unos a otros en el temor de Cristo" (Ef 5,21) y de amarse
con un amor sobrenatural, delicado y fecundo. En las alegrías
de su amor y de su vida familiar les da, ya aquí,
un gusto anticipado del banquete de las bodas del Cordero:
¿De dónde voy a sacar la fuerza para describir
de manera satisfactoria la dicha del matrimonio que celebra
la Iglesia, que confirma la ofrenda, que sella la bendición?
Los ángeles lo proclaman, el Padre celestial lo ratifica...¡Qué matrimonio
el de dos cristianos, unidos por una sola esperanza, un solo
deseo, una sola disciplina, el mismo servicio! Los dos hijos
de un mismo Padre, servidores de un mismo Señor; nada
los separa, ni en el espíritu ni en la carne; al contrario,
son verdaderamente dos en una sola carne. Donde la carne
es una, también es uno el espíritu (Tertuliano,
ux. 2,9; cf. FC 13).
V Los bienes y las exigencias del amor conyugal
1643 "El amor conyugal comporta una totalidad en la
que entran todos los elementos de la persona -reclamo del
cuerpo y del instinto, fuerza del sentimiento y de la afectividad,
aspiración del espíritu y de la voluntad-;
mira una unidad profundamente personal que, más allá de
la unión en una sola carne, conduce a no tener más
que un corazón y un alma; exige la indisolubilidad
y la fidelidad de la donación recíproca definitiva;
y se abre a fecundidad. En una palabra: se trata de características
normales de todo amor conyugal natural, pero con un significado
nuevo que no sólo las purifica y consolida, sino las
eleva hasta el punto de hacer de ellas la expresión
de valores propiamente cristianos" (FC 13). Unidad e
indisolubilidad del matrimonio
1644 El amor de los esposos exige,
por su misma naturaleza, la unidad y la indisolubilidad
de la comunidad de personas
que abarca la vida entera de los esposos: "De manera
que ya no son dos sino una sola carne" (Mt 19,6; cf
Gn 2,24). "Están llamados a crecer continuamente
en su comunión a través de la fidelidad cotidiana
a la promesa matrimonial de la recíproca donación
total" (FC 19). Esta comunión humana es confirmada,
purificada y perfeccionada por la comunión en Jesucristo
dada mediante el sacramento del matrimonio. Se profundiza
por la vida de la fe común y por la Eucaristía
recibida en común.
1645 "La unidad del matrimonio aparece ampliamente
confirmada por la igual dignidad personal que hay que reconocer
a la mujer y el varón en el mutuo y pleno amor" (GS
49,2). La poligamia es contraria a esta igual dignidad de
uno y otro y al amor conyugal que es único y exclusivo.
La fidelidad del amor conyugal
1646 El amor conyugal exige de los esposos, por su misma
naturaleza, una fidelidad inviolable. Esto es consecuencia
del don de sí mismos que se hacen mutuamente los
esposos. El auténtico amor tiende por sí mismo
a ser algo definitivo, no algo pasajero. "Esta íntima
unión, en cuanto donación mutua de dos personas,
como el bien de los hijos exigen la fidelidad de los cónyuges
y urgen su indisoluble unidad" (GS 48,1).
1647 Su motivo más profundo consiste en la fidelidad
de Dios a su alianza, de Cristo a su Iglesia. Por el sacramento
del matrimonio los esposos son capacitados para representar
y testimoniar esta fidelidad. Por el sacramento, la indisolubilidad
del matrimonio adquiere un sentido nuevo y más profundo.
1648 Puede parecer difícil, incluso imposible, atarse
para toda la vida a un ser humano. Por ello es tanto más
importante anunciar la buena nueva de que Dios nos ama con
un amor definitivo e irrevocable, de que los esposos participan
de este amor, que les conforta y mantiene, y de que por su
fidelidad se convierten en testigos del amor fiel de Dios.
Los esposos que, con la gracia de Dios, dan este testimonio,
con frecuencia en condiciones muy difíciles, merecen
la gratitud y el apoyo de la comunidad eclesial (cf FC 20).
1649 Existen, sin embargo, situaciones
en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones
muy diversas. En tales casos, la Iglesia admite la separación
física de los esposos y el fin de la cohabitación.
Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios;
ni son libres para contraer una nueva unión. En esta
situación difícil, la mejor solución
sería, s i es posible, la reconciliación. La
comunidad cristiana está llamada a ayudar a estas
personas a vivir cristianamente su situación en la
fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece
indisoluble (cf FC; 83; CIC, can. 1151-1155).
1650 Hoy son numerosos en muchos países los católicos
que recurren al divorcio según las leyes civiles y
que contraen también civilmente una nueva unión.
La Iglesia mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo
("Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete
adulterio contra aquella; y si ella repudia a su marido y
se casa con otro, comete adulterio": Mc 10,11-12), que
no puede reconocer como válida esta nueva unión,
si era válido el primer matrimonio. Si los divorciados
se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación
que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual
no pueden acceder a la comunión eucarística
mientras persista esta situación, y por la misma razón
no pueden ejercer ciertas responsabilidades eclesiales. La
reconciliación mediante el sacramento de la penitencia
no puede ser concedida más que aquellos que se arrepientan
de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad
a Cristo y que se comprometan a vivir en total continencia.
1651 Respecto a los cristianos que
viven en esta situación
y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente
a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar
prueba de una atenta solicitud, a fin de aquellos no se consideren
como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben
participar en cuanto bautizados:
Se les exhorte a escuchar la Palabra
de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar
en la oración,
a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la
comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en
la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras
de penitencia para implorar de este modo, día a día,
la gracia de Dios (FC 84).
La apertura a la fecundidad
1652 "Por su naturaleza misma, la institución
misma del matrimonio y el amor conyugal están ordenados
a la procreación y a la educación de la prole
y con ellas son coronados como su culminación" (GS
48,1):
Los hijos son el don más excelente del matrimonio
y contribuyen mucho al bien de sus mismos padres. El mismo
Dios, que dijo: "No es bueno que el hombre esté solo
(Gn 2,18), y que hizo desde el principio al hombre, varón
y mujer" (Mt 19,4), queriendo comunicarle cierta participación
especial en su propia obra creadora, bendijo al varón
y a la mujer diciendo: "Creced y multiplicaos" (Gn
1,28). De ahí que el cultivo verdadero del amor conyugal
y todo el sistema de vida familiar que de él procede,
sin dejar posponer los otros fines del matrimonio, tienden
a que los esposos estén dispuestos con fortaleza de ánimo
a cooperar con el amor del Creador y Salvador, que por medio
de ellos aumenta y enriquece su propia familia cada día
más (GS 50,1).
1653 La fecundidad del amor conyugal
se extiende a los frutos de la vida moral, espiritual y
sobrenatural que los padres
transmiten a sus hijos por medio de la educación.
Los padres son los principales y primeros educadores de sus
hijos (cf. GE 3). En este sentido, la tarea fundamental del
matrimonio y de la familia es estar al servicio de la vida
(cf FC 28).
1654 Sin embargo, los esposos a los que Dios no ha concedido
tener hijos pueden llevar una vida conyugal plena de sentido,
humana y cristianamente. Su matrimonio puede irradiar una
fecundidad de caridad, de acogida y de sacrificio.
VI
La iglesia doméstica
1655 Cristo quiso nacer y crecer en el seno de la Sagrada
Familia de José y de María. La Iglesia no
es otra cosa que la "familia de Dios". Desde
sus orígenes, el núcleo de la Iglesia estaba
a menudo constituido por los que, "con toda su casa",
habían llegado a ser creyentes (cf Hch 18,8). Cuando
se convertían deseaban también que se salvase "toda
su casa" (cf Hch 16,31 y 11,14). Estas familias convertidas
eran islotes de vida cristiana en un mundo no creyente.
1656 En nuestros días, en un mundo frecuentemente
extraño e incluso hostil a la fe, las familias creyentes
tienen una importancia primordial en cuanto faros de una
fe viva e irradiadora. Por eso el Concilio Vaticano II llama
a la familia, con una antigua expresión, "Ecclesia
domestica" (LG 11; cf. FC 21). En el seno de la familia, "los
padres han de ser para sus hijos los primeros anunciadores
de la fe con su palabra y con su ejemplo, y han de fomentar
la vocación personal de cada uno y, con especial cuidado,
la vocación a la vida consagrada" (LG 11).
1657 Aquí es donde se ejercita de manera privilegiada
el sacerdocio bautismal del padre de familia, de la madre,
de los hijos, de todos los miembros de la familia, "en
la recepción de los sacramentos, en la oración
y en la acción de gracias, con el testimonio de una
vida santa, con la renuncia y el amor que se traduce en obras" (LG
10). El hogar es así la primera escuela de vida cristiana
y "escuela del más rico humanismo" (GS 52,1).
Aquí se aprende la paciencia y el gozo del trabajo,
el amor fraterno, el perdón generoso, incluso reiterado,
y sobre todo el culto divino por medio de la oración
y la ofrenda de su vida.
1658 Es preciso recordar asimismo a
un gran número
de personas que permanecen solteras a causa de las concretas
condiciones en que deben vivir, a menudo sin haberlo querido
ellas mismas. Estas personas se encuentran particularmente
cercanas al corazón de Jesús; y, por ello,
merecen afecto y solicitud diligentes de la Iglesia, particularmente
de sus pastores. Muchas de ellas viven sin familia humana,
con frecuencia a causa de condiciones de pobreza. Hay quienes
viven su situación según el espíritu
de las bienaventuranzas sirviendo a Dios y al prójimo
de manera ejemplar. A todas ellas es preciso abrirles las
puertas de los hogares, "iglesias domésticas" y
las puertas de la gran familia que es la Iglesia. "Nadie
se sienta sin familia en este mundo: la Iglesia es casa y
familia de todos, especialmente para cuantos están
`fatigados y agobiados' (Mt 11,28)" (FC 85).
Resumen
1659 S. Pablo dice: "Maridos, amad a vuestras mujeres
como Cristo amó a la Iglesia...Gran misterio es éste,
lo digo con respecto a Cristo y la Iglesia" (Ef 5,25.32).
1660 La alianza matrimonial, por la
que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de
amor, fue fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador.
Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges
así como a la generación y educación
de los hijos. Entre bautizados, el matrimonio ha sido elevado
por Cristo Señor a la dignidad de sacramento (cf.
GS 48,1; CIC, can. 1055,1).
1661 El sacramento del matrimonio significa
la unión
de Cristo con la Iglesia. Da a los esposos la gracia de amarse
con el amor con que Cristo amó a su Iglesia; la gracia
del sacramento perfecciona así el amor humano de los
esposos, reafirma su unidad indisoluble y los santifica en
el camino de la vida eterna (cf. Cc. de Trento: DS 1799).
1662 El matrimonio se funda en el consentimiento de los
contrayentes, es decir, en la voluntad de darse mutua y definitivamente
con el fin de vivir una alianza de amor fiel y fecundo.
1663 Dado que el matrimonio establece
a los cónyuges
en un estado público de vida en la Iglesia, la celebración
del mismo se hace ordinariamente de modo público,
en el marco de una celebración litúrgica, ante
el sacerdote (o el testigo cualificado de la Iglesia), los
testigos y la asamblea de los fieles.
1664 La unidad, la indisolubilidad,
y la apertura a la fecundidad son esenciales al matrimonio.
La poligamia es incompatible
con la unidad del matrimonio; el divorcio separa lo que Dios
ha unido; el rechazo de la fecundidad priva la vida conyugal
de su "don más excelente", el hijo (GS 50,1).
1665 Contraer un nuevo matrimonio por
parte de los divorciados mientras viven sus cónyuges legítimos contradice
el plan y la ley de Dios enseñados por Cristo. Los
que viven en esta situación no están separados
de la Iglesia pero no pueden acceder a la comunión
eucarística. Pueden vivir su vida cristiana sobre
todo educando a sus hijos en la fe.
1666 El hogar cristiano es el lugar
en que los hijos reciben el primer anuncio de la fe. Por
eso la casa familiar es llamada
justamente "Iglesia doméstica", comunidad
de gracia y de oración, escuela de virtudes humanas
y de caridad cristiana.